BOX 1 | EXCELENTES MATERIALES

En los últimos años, ha habido un interés creciente, entre quienes desarrollan políticas, trabajan en la planificación y las y los profesionales, por la participación de las personas menores de edad, al reconocer a las y los jóvenes como agentes importantes en dar forma a las intervenciones de desarrollo. Se han elaborado varios recursos de alta calidad en torno a dicho tema; a las personas menores de edad y el urbanismo; y a las y los menores que se han visto afectadas/os por las crisis, lo que incluye el desplazamiento. La siguiente tabla ofrece una muestra de los mismos; podrá consultar una colección más completa visitando decid.co.uk/resources.

Participación infantil

Marcos de políticas a escala mundial

Las intervenciones de construcción que se codiseñan con niños y niñas afectados por el desplazamiento, contribuyen al cumplimiento de los siguientes documentos con relación a las políticas a escala mundial. Si bien su contribución es más amplia, las mismas responden específicamente a los siguientes aspectos:

Artículo 2: No discriminación: La convención se aplica a todos los niños y niñas, independientemente de su origen étnico, sexo, religión, idioma, habilidades o cualquier otra condición; de lo que piensen o digan, o del tipo de familia de la que procedan.

Artículo 3: Interés superior del niño: El interés superior de los niños y de las niñas debe ser la preocupación principal en toda decisión o acción que les pueda afectar.

Artículo 6: Vida, supervivencia y desarrollo: Cada niño o niña tiene el derecho a vivir. Los gobiernos han de hacer todo lo que esté a su alcance para garantizar que sobrevivan y se desarrollen de forma óptima.

Artículo 12: Respeto por la opinión de los niños: Los Estados Partes garantizarán a la niña o al niño que sea capaz de formarse sus propias opiniones el derecho a expresar dichas opiniones libremente con respecto a todos los asuntos que le afecten, teniendo debidamente en cuenta las opiniones de la niña o del niño en función de su edad y madurez.’

Artículo 13: Libertad de expresión: Las niñas y los niños tendrán derecho a la libertad de expresión; derecho que incluirá la libertad de buscar, recibir y difundir información e ideas de todo tipo, sin importar las fronteras, ya sea de forma oral, escrita o impresa, en forma de arte o por vía de cualquier otro medio que la niña o el niño elija.

Artículo 15: Derecho a asociarse: Toda persona menor de edad tiene derecho a juntarse con otras personas menores de edad y a unirse a grupos y organizaciones, siempre que esto no impida que otras personas disfruten de sus derechos.

Artículo 24: Derecho a la salud y a los servicios sanitarios: Toda persona menor de edad tiene derecho a beneficiarse de la mejor salud posible. Los gobiernos han de brindar atención médica de buena calidad, agua potable, alimentos nutritivos y un medio ambiente limpio, al igual que educación en materia de salud y bienestar, para que los niños y niñas puedan mantenerse en buen estado de salud. Los países más ricos deben ayudar a los países más pobres a conseguir lo anterior.

Artículo 27: Derecho a un nivel de vida adecuado: Cada niño o niña tiene derecho a un nivel de vida adecuado para satisfacer sus necesidades físicas y sociales y apoyar su desarrollo. Los gobiernos han de ayudar a las familias que no puedan permitírselo.

Artículo 28: Derecho a la educación: Cada niña o niño tiene derecho a la educación. La educación primaria ha de ser gratuita y cada niña o niño debe poder tener acceso a diferentes formas de educación secundaria. La disciplina en las escuelas debe respetar la dignidad de las personas menores de edad, al igual que sus derechos. Los países más ricos deben ayudar a los países más pobres a conseguir lo anterior.

Artículo 31: Derecho al esparcimiento, al juego y a la cultura: Cada niño o niña tiene derecho al descanso, a jugar y a participar en una amplia gama de actividades culturales y artísticas.

Artículo 32: Trabajo infantil: Los gobiernos han de proteger a las niñas y a los niños de la explotación económica y del trabajo que sea peligroso o pueda perjudicar su salud, desarrollo o educación. Los gobiernos han de establecer una edad mínima a partir de la cual las personas menores de edad podrán trabajar, y garantizar que las condiciones laborales sean seguras y adecuadas.

Artículo 39: Derecho a la recuperación del trauma y a la reintegración social: Los niños que han vivido el abandono, el abuso, la explotación, la tortura, o que son víctimas de guerra, deben recibir un apoyo especial que les ayude a recuperar su salud, dignidad, autoestima y relacionamiento social.

  • “Imaginamos ciudades y asentamientos humanos que (…) fomentan la cohesión social, la inclusión y la seguridad en sociedades pacíficas y pluralistas, donde se satisfacen las necesidades de todos los habitantes, reconociendo las necesidades específicas de aquellos en situaciones de vulnerabilidad” (2016, p. 5)
  • § 34: (…) promover el acceso (…) a la infraestructura física y social básica sostenible para todos, sin discriminación, (…) Nos comprometemos (…) a velar por que esos servicios tengan en cuenta los derechos y las necesidades de (…), los niños y las/los jóvenes (…) y los de otras personas en situaciones de vulnerabilidad.
  • § 67: (…) promover la creación y el mantenimiento de redes bien conectadas y distribuidas de espacios públicos de calidad, abiertos, seguros, inclusivos, accesibles, verdes y destinados a fines múltiples, [a modo de] incrementar la resiliencia de las ciudades (…)

ODS 8: Promover el crecimiento económico inclusivo y sostenible, el empleo y el trabajo decente para todos.

ODS, meta 16.7: Garantizar la adopción en todos los niveles de decisiones inclusivas, participativas y representativas que respondan a las necesidades.

ODS, 4.a: Construir y adecuar instalaciones educativas que tengan en cuenta las necesidades de los niños y las personas con discapacidad y las diferencias de género, y que ofrezcan entornos de aprendizaje seguros, no violentos, inclusivos y eficaces para todos.

ODS 11.7: De aquí a 2030, proporcionar acceso universal a zonas verdes y espacios públicos seguros, inclusivos y accesibles, en particular para las mujeres y los niños, las personas de edad y las personas con discapacidad.

La participación de los refugiados, es decir, permitir que los refugiados sean responsables nuevamente de sus vidas, es fundamental para el desarrollo o reconstrucción de una comunidad sana. Por medio de la participación, los refugiados recobran el control de sus vidas, lo cual, a su vez, tendrá una influencia positiva en el crecimiento de su autoestima. Consultar a los refugiados sobre la ubicación y construcción de sus casas, sobre sus preferencias alimenticias, pedirles que retomen sus actividades religiosas, puede constituir un elemento fundamental en el restablecimiento de la normalidad de la vida cultural.

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